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Begoña Gómez, procesada por cuatro delitos

El juez Juan Carlos Peinado ha cerrado la instrucción del caso que afecta a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno. La decisión es contundente: procesa a Gómez por cuatro delitos, abriendo la puerta a un juicio con posibles graves consecuencias políticas y personales. El magistrado del Juzgado número 41 de Madrid considera que existen indicios suficientes para sentar a la mujer de Pedro Sánchez en el banquillo por tráfico de influencias, malversación, corrupción en los negocios y apropiación indebida. Un revés judicial sin precedentes que sacude los cimientos del Ejecutivo.

La resolución judicial, a la que ha tenido acceso este medio, no deja lugar a dudas sobre la gravedad de las imputaciones. Sin embargo, el juez Peinado ha decidido archivar uno de los delitos que inicialmente se investigaban: el de intrusismo profesional. Según el auto, los indicios en este punto eran "endeble" y carecían de la solidez necesaria para continuar adelante. Esta exclusión marca un matiz importante en el proceso que se avecina.

Otras implicaciones en la causa

El foco no solo está en Begoña Gómez. La instrucción también afecta a personas de su círculo cercano y a empresarios vinculados a las adjudicaciones bajo investigación. Cristina Álvarez, quien fuera asesora de Gómez en La Moncloa, se enfrenta a los mismos cuatro delitos que su exjefa. Por su parte, el empresario Juan Carlos Barrabés está procesado por tráfico de influencias y corrupción en los negocios, delitos que se derivan de las presuntas irregularidades en las adjudicaciones universitarias.

El juez Peinado ha detallado en su auto que Gómez habría utilizado su posición para ofrecer ventajas competitivas a grandes empresas, apropiándose de fondos privados bajo el pretexto de captar recursos para la Universidad Complutense de Madrid. La participación activa de Álvarez en negociaciones y acuerdos ha sido también destacada por el magistrado.

El siguiente paso: hacia el juicio oral

Con el cierre de la instrucción, el procedimiento judicial entra en una nueva fase crucial. El juez Peinado ha concedido un plazo de cinco días a todas las partes personadas en la causa. Durante este tiempo, deberán manifestar si consideran oportuna la apertura del juicio oral y, en caso afirmativo, formular sus correspondientes escritos de conclusiones provisionales. Este trámite es esencial para determinar si finalmente se celebra el juicio y bajo qué formulación de cargos.

Cabe recordar que el juez Juan Carlos Peinado ya había expresado su preferencia por que el caso fuera juzgado por un jurado popular, una modalidad que añade una capa adicional de complejidad y expectación al proceso. La decisión final sobre la apertura del juicio y la composición del tribunal recaerá ahora en las instancias judiciales superiores.

Reacciones gubernamentales y duras críticas

La decisión del juez Peinado no ha tardado en generar una fuerte reacción desde el Gobierno. El ministro de Presidencia y Justicia, Félix Bolaños, ha sido el encargado de responder a los medios, mostrando una firme oposición a la resolución judicial. Bolaños ha calificado la instrucción como un "daño al buen nombre de la justicia" y ha expresado su confianza en que "un tribunal superior, imparcial, vaya a revocar las decisiones que están en esta instrucción".

Las palabras del ministro han sido especialmente duras, deslizando la posibilidad de prevaricación por parte del juez. "Donde nada hay, por mucho que se revuelva, nada se podrá establecer", ha sentenciado Bolaños, quien ha recalcado su sorpresa ante la decisión, "sobre todo por lo dicho por la Audiencia Provincial". El Gobierno insiste en que "sigue sin haber nada" y que la investigación "tendrá que ser resuelta y analizada por un tribunal superior, imparcial e independiente". La tensión entre el poder judicial y el ejecutivo marca así un nuevo capítulo.

El juez Peinado cierra la instrucción sobre Begoña Gómez y la procesa por cuatro delitos, imputándole tráfico de influencias, malversación, corrupción en los negocios y apropiación indebida. Se excluye el delito de intrusismo profesional y se procesa también a Cristina Álvarez y Juan Carlos Barrabés.

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