El Supremo mantiene el cerco a Puigdemont pese al aval del TJUE
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avaló esta semana la ley de amnistía, un respaldo clave para el Gobierno de Pedro Sánchez. Sin embargo, el Tribunal Supremo mantiene su posición inquebrantable sobre la malversación con ánimo de lucro personal, un hecho que complica el ansiado regreso de Carles Puigdemont a España. Esta decisión judicial genera nuevas tensiones políticas y judiciales en la amnistía actualidad, con el expresident catalán afirmando que "el camino para acabar con la represión no ha acabado".
La Gran Sala del TJUE declaró que la ley de amnistía española no se opone al ordenamiento comunitario en aspectos fundamentales como la malversación o el terrorismo, siempre y cuando estos últimos no afecten a derechos fundamentales. Este pronunciamiento despeja la vía legal europea para la aplicación de la norma, que fue crucial para la investidura del actual presidente. El tribunal europeo examinó las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional, concluyendo que la amnistía no vulnera los intereses financieros de la UE ni el derecho antiterrorista.
El Supremo insiste en su criterio sobre la malversación
Pese al respaldo europeo, el Tribunal Supremo insiste en que la resolución del TJUE no exime a Carles Puigdemont de una posible detención a su vuelta. El Alto Tribunal argumenta que la sentencia europea no se ha pronunciado sobre el motivo específico de la malversación que implica "un propósito de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial", clave en su rechazo inicial a amnistiar al líder de Junts. Fuentes jurídicas explican que, para el instructor Pablo Llarena, no existe motivo alguno para modificar su criterio en este punto. El Gobierno, por su parte, lanzó un mensaje al Supremo, urgiendo a la plena aplicación de la ley "lo antes posible".
Retrasos en la aplicación de la amnistía
La Sala Penal del Tribunal Supremo mostró una actitud de resistencia notable frente a la aplicación de la amnistía. El juez Leopoldo Puente y la Sala Penal aplicaron esta semana la medida de gracia a ocho condenados por desórdenes públicos, pero lo hicieron un año después de que el Tribunal Constitucional (TC) validara la ley y nueve meses después de desestimar la cuestión de inconstitucionalidad sobre desórdenes públicos. Esta demora cuestiona la celeridad judicial, pues la Constitución establece que los jueces y tribunales están vinculados a la norma suprema del ordenamiento jurídico.
De hecho, el Tribunal Constitucional había validado la ley de amnistía en 22 sentencias previas, incluyendo la desestimación de la cuestión planteada por el propio juez Puente. Solo tras el aval del TJUE, la Sala Penal procedió finalmente a aplicar la amnistía en estos casos, evitando una confrontación directa con las instancias judiciales europeas. Esta secuencia de hechos subraya una aparente reticencia del Supremo a acatar las directrices superiores sin una presión internacional adicional.
Carles Puigdemont celebró el fallo del TJUE, pero su retorno inmediato depende aún de la resolución de su recurso de amparo en el Tribunal Constitucional, prevista para el próximo otoño. El ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, calificó el día como "un gran día", en una declaración institucional, destacando el "horizonte despejado" para la plena aplicación de la ley. Sin embargo, la persistente postura del Supremo añade incertidumbre a la amnistía actualidad y al futuro judicial del expresident.
El Supremo aplica la amnistía a ocho condenados por desobediencia o desórdenes públicos. El Tribunal Supremo ha empezado a aplicar la ley de amnistía tras el pronunciamiento del TJUE a favor de aplicar la norma aprobada por los socialistas también a delitos de malversación y terrorismo. El alto tribunal acuerda declarar como amnistiados los actos por los que fueron condenados un total de ocho acusados por delitos de desobediencia o de desórdenes públicos. La Sala de lo Penal ha declarado extinguida la responsabilidad penal de estos acusados por actos relacionados con el proceso independentista catalán y las protestas posteriores a la sentencia de octubre de 2019. Entre los beneficiados por la ley de amnistía destacan el expresidente del Parlament, Roger Torrent, y los exmiembros de la Mesa Josep Costa, Eusebi Campdepadrós y Adriana Delgado. Todos condenados por delitos de desobediencia por no acatar la decisión del Tribunal Constitucional para favorecer resoluciones parlamentarias en favor de la autodeterminación y de la reprobación a la monarquía. Los cuatro exparlamentarios catalanes fueron absueltos por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) porque no se acreditó que incumplieran lo que había resuelto el Tribunal Constitucional.






