El Supremo rechaza forzar la comparecencia de ministros en el Senado y da
El Tribunal Supremo ha rechazado la petición del Partido Popular para forzar la comparecencia urgente de varios ministros en el Senado durante el mes de agosto. La Sala de vacaciones del alto tribunal ha dictado un auto en el que deniega la medida cautelarísima solicitada por tres senadores populares, argumentando que no se ha acreditado la especial urgencia legalmente exigible.
El tribunal explica que, a la vista de las alegaciones, no se considera procedente conceder la medida cautelar solicitada sin escuchar a la otra parte. La decisión judicial subraya que no se ha justificado suficientemente que el control parlamentario deba producirse necesariamente en el periodo extraordinario de agosto, restando solo una semana, para ser eficaz.
El Supremo argumenta la falta de urgencia y el derecho de audiencia
La resolución judicial señala que ninguna razón se ofrece para justificar que el recurso perdería su finalidad legítima si el control se llevase a cabo tras sustanciarse la medida cautelar con audiencia de la contraparte. El auto destaca que no se advierte que vaya a desaparecer el interés público de la cuestión sustantiva que sustenta las peticiones de comparecencia, centrada en la grave crisis migratoria que afecta a la Ciudad Autónoma de Ceuta.
Agrega la Sala que, en la ponderación de los intereses en juego, no concurre la especial urgencia que justificaría sacrificar el derecho de audiencia de la parte contraria previo a la adopción de la decisión cautelar. Además, una ejecución inmediata haría que dicho derecho de audiencia pudiera resultar meramente ilusorio, lo que exige una mayor justificación de la urgencia solicitada.
La Abogacía del Estado obtiene la razón en el incidente cautelar
Por todo ello, el Supremo deniega la pretensión cautelarísima formulada por el PP y ordena la tramitación del incidente cautelar como ordinario, con audiencia de la parte contraria. Se otorga un plazo de diez días a la Abogacía del Estado para formular sus alegaciones.
El auto subraya que el pronunciamiento se efectúa exclusivamente sobre la decisión cautelar urgente y no prejuzga ni predetermina las eventuales decisiones sobre jurisdicción, competencia y admisibilidad del procedimiento.
Esta decisión judicial implica que el PP no podrá forzar la comparecencia de los ministros en el Senado en lo que resta de agosto sobre la gestión de la crisis migratoria en Ceuta, al no haberse acreditado la urgencia requerida por el alto tribunal.

